Tráfico aclara la velocidad exacta a la que saltan los radares
Que los radares tienen un margen de error es consabido pero, a partir de aquí llegan las leyendas urbanas (y los cuñados que todo lo saben) para ‘informar’ y ‘asegurar’ cuál es la velocidad a la que salta cada radar. Unos hablan de porcentaje del máximo de la velocidad establecido, otros de cifras exactas pero al final todo es un batiburrillo de cifras difíciles de recordar y que todos te han asegurado que son ciertas.
Es por eso que la Guardia Civil de Tráfico ha querido aclarar cuál es la velocidad exacta a la que salta un radar según el máximo establecido de la vía:
- Límite de 30 km/hora: el radar salta a 38.
- Límite de 40 km/hora: el radar salta a 48.
- Límite de 50 km/hora: el radar salta a 58.
- Límite de 60 km/hora: el radar salta a 68.
- Límite de 70 km/hora: el radar salta a 78.
- Límite de 80 km/hora: el radar salta a 88.
- Límite de 90 km/hora: el radar salta a 98.
- Límite de 100 km/hora: el radar salta a 109.
- Límite de 110 km/hora: el radar salta a 120.
- Límite de 120 km/hora: el radar salta a 131.
¿Los trucos para recordarlo?
Cada maestrillo tiene su librillo pero nosotros queremos apuntar una que no resulta demasiado difícil de recordar. Hasta los 100 km/h deberíamos utilizar la regla del 8. Es decir, el radar salta a la velocidad que establece la vía pero terminada en 8. ¿Qué significa esto? Fácil. Si el límite es 70 km/h, podremos circular sin miedo a recibir una multa, a un máximo de 77 km/h pues a 78 ya sí que habría sanción.
A partir de los 100 km/h la cosa cambia, y habría que sumar 9, 10 y 11 de forma progresiva, es decir, con el límite a 100 km/h las sanciones llegan a partir de 109; si la prohibición queda en 110 km/h los radares se activarán a 120 km/h; y la señal establece 120 km/h la multa llegará cuando se superen los 131 km/h.
¿Nunca se pueden superar estos límites?
Sí que se pueden superar estos límites pero solo en carretera convencional y cuando se va a adelantar a un vehículo. En este caso se permite superar ebel límite establecido exclusivamente durante la maniobra. Una vez hayamos regresado a nuestro carril habrá que cumplir de nuevo con el límite.
Y, repetimos, está permitido solo en las carreteras convencionales, es decir, las autovías y autopistas quedan excluidas. En ningún caso se podrán superar los 120 km/h. Ni siquiera para adelantar.