Son varias las novedades en cuanto a movilidad y multas que han llegado con este 2021, algunas ya en marcha, otras pronto se convertirán en realidad. Sin embargo, una de ellas ha pasado desapercibidas para la gran mayoría de usuarios aunque no por ello pierde su importancia. La retirada de puntos por no llevar sistemas de retención o sillitas infantiles, o no llevarla convenientemente ajustada, ha aumentado de 3 a 4 puntos, mientras que se mantiene la misma sanción económica: 200 euros. Recuerda que la deben llevar todos los niños que midan menos de 135 cm.
Podría parecer una nimiedad, una diferencia de un punto en la sanción que no tiene demasiada importancia. Pero sí que la tiene, teniendo en cuenta que partimos de 12 puntos, que el máximo a los que podemos optar son 15 y que son muchos los conductores que han visto rebajar esa cantidad ante la cantidad de radares que hay en nuestras carreteras y la facilidad que tiene la DGT para cazarnos a la mínima que superamos los límites de velocidad.
Ese punto extra que ahora se resta puede suponer para muchos la diferencia entre seguir utilizando su coche o tener que dejarlo en casa durante una buena temporada además de tener que realizar los cursos de recuperación de puntos, con el consiguiente gasto extra para el bolsillo.
No utilizar de forma correcta las sillitas infantiles se considera ‘sanción grave’. Llegará tanto por no llevarla puesta como por llevarla mal ajustada o por no haber abrochado los cinturones de los niños. Y es que, el mismo texto de la normativa tiene en cuenta que las consecuencias de un mal uso de estos elementos son las mismas para el conductor que para los ocupantes.
Son muchos los que olvidan cuáles son las consecuencias de un mal uso de estas sillitas. Solo después del accidente se dan cuenta. Y después llegan los lloros y lamentos. Según datos de la DGT, en 1993 se produjeron 2.169 accidentes en los que se vieron afectados niños, lo que produjo un total de 276 fallecidos menores de edad.
Estas cifras habían bajado de forma más que importante en 2018. Entonces, el número de siniestros con menores afectados había bajado a 356 y la cifra de fallecidos a 25. Buena parte de esta reducción se debe a la utilización de estas sillitas infantiles.
Hoy día el uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI) o sillitas infantiles está regulado por el artículo 117 del Reglamento General de Circulación que obliga a todos los niños con una estatura inferior a 135 cm a utilizarlas y a los padres a cambiarlas o modificarlas en función de su talla y peso. Solo entonces podrán dejar de utilizarla, aunque se recomienza que las sigan utilizando hasta que lleguen a los 150 cm.
En cuanto a los tipos de sillitas han de estar homologadas por la Unión Europa y contar con la certificación oficial que mostrarán en una etiqueta. Hoy día conviven dos reglamentaciones: ECE R44/04 y la ECE R129 R129, también llamada i-Sice, más simple, y a la que se están acogiendo los fabricantes de sillitas en los últimos años.
Mientras la primera mide funcionalidad de las sillitas en función del peso, la segunda lo hace a través de la talla.
Antes de adquirir una sillita debemos fijarnos en algunos aspectos que ofrecen estas como son la seguridad ante el impacto frontal y lateral, la facilidad de uso, limpieza y acabado, la ergonomía y si se ha construido con sustancias perjudiciales así como el tipo de anclaje que utiliza (no todos funcionan con Isofix). A partir de aquí, solo queda conocer cuáles son los tipos de sillitas infantiles.
Clasificación de las sillitas infantiles según la normativa ECE R44/04:
Clasificación de las sillitas según la normativa ECE R129 R129 o i-Size: