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Una sentencia quita una multa a un vehículo y no obliga a identificar al conductor

Una sentencia no solo retira la multa al propietario de un vehículo sino que evita la obligación de identificar al infractor.

Un dictamen sobre una sentencia de mayo de 2018 ha fallado que no se puede multar a un vehículo ni se pueden restar puntos si no se identifica al conductor aunque este se niegue a revelar a identidad del infractor. De esta manera, aunque se haya detectado la infracción prevalece la presunción de inocencia y crea jurisprudencia en el caso de la no sanción por no revelar el conductor en el momento de la infracción.

Es lo que se extrae del escrito realizado por el Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid al que ha tenido acceso ABC, basándose en una demanda de 2018. Entonces el conductor no quiso decir quién iba al volante de su coche cuando fue sorprendido por un radar Pegasus circulando a 160 km/h en una zona limitada a 120 km/h.

Entonces, el conductor fue sancionado por la DGT con una multa de 300 euros y una resta de dos puntos del carné de conducir, sin embargo, recurrió la demanda y el tribunal terminó por darle la razón pues, según se expresa en el escrito, “no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo”.

Una sentencia que crea jurisprudencia

No es la primera vez que conocemos una sentencia similar que apunta a que la DGT no puede sancionar económicamente ni en forma de resta de puntos al propietario de un vehículo por la no identificación del conductor. La principal novedad en esta ocasión es la falta de sanción al propietario y responsable del vehículo por negarse a identificar al conductor cuando fue cazado por el radar.

Esto podría poner en jaque buena parte de las multas que se ponen en este país con cinemómetros fijos sin presencia policial y donde la detección de la velocidad y la captura de una foto sirven para imponer la sanción por exceso de velocidad.

En estos casos la DGT envía la multa al propietario y solo en caso de identificar a otro conductor, la sanción reinicia su curso natural encaminada al conductor señalado. Sin embargo, esta sentencia podría provocar que muchos propietarios rechazaran ser conductores del vehículo en el momento de la infracción y, al mismo tiempo, renunciar a revelar al conductor, como ha sucedido en este caso.

Esto obligaría a cambiar el sistema de multas que impera en este país y obligaría a contar con presencia policial en las cercanías de los radares para identificar a los infractores.

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