Es verano, época de vacaciones y quedadas con amigos y familiares. Y, por manidas que sean las recomendaciones de separar volante y alcohol, no es raro encontrar a conductores que, en un exceso de confianza, se creen en buen estado para coger su vehículo. Pero también es época en la que se multiplican los controles de alcoholemia en nuestras carreteras por lo que ahí podrían llegar las dudas para muchos: si me niego a hacer la prueba, ¿qué sucedería?
En primer lugar hay que ser conscientes de que estamos obligados a realizar un control de alcohol (o de drogas) en caso de que un agente lo requiera. Si nos negamos, estaríamos incurriendo en una falta del artículo 383 del Código Penal algo castigado con penas de prisión de entre seis meses y un año así como la pérdida del carné de conducir entre uno y cuatro años. La negativa podría salir muy cara.
Lo que muchos obvian en estos casos es que los ciclistas y peatones también podrían estar obligados a pasar este control de alcoholemia (y de drogas si fuera necesario) en caso de verse implicados en un accidente.
En el mismo lugar en el que se detecte al vehículo un agente le solicitará al implicado que sople en un aparato llamado alcoholímetro. Si da positivo tendrá que realizar un segundo test diez minutos después para refrendar ese positivo. En caso de que sea positivo, será multado según el nivel de alcohol que haya dado.
Si el implicado no está de acuerdo con los resultados tendrá derecho a solicitar una nueva prueba, en este caso de sangre en un laboratorio de hospital. Aunque son pocos los casos, hay veces que estos test contradicen a los resultados dados por el alcoholímetro. Eso sí, si el resultado de la prueba de sangre confirma lo visto en el control de carretera, el implicado tendrá que cargar con las costas de este análisis así como con la multa que le corresponda por superar los límites de alcohol.
Cabe recordar aquí que se puede beber alcohol antes de ponerse al volante, aunque en cantidades muy moderadas y no es nada recomendable pues el alcohol retrasa la percepción de los peligros y nuestras respuestas. A partir de 0,25 mg por litro de aire o 0,5 g por litro de sangre (0,15 y 0,3 respetivamente en profesionales y conductores nóveles) la multas serán de 500 euros y 4 puntos de carné. Si se superan los 50 mg/l de aire espirado o 1g. por litro de sangre la multa ascenderá a 1.000 euros y 6 puntos de carné. Finalmente, si supera los 0,6 mg/l de aire o los 1,2 g/l de sangre es considerado delito lo que conlleva posible pena de cárcel y retirada del carné de conducir.
Son muchos los trucos que pululan por la red para lograr engañar al alcoholímetro, alguno te lo habrá dicho un amigo y te habrá asegurado que alguien que conoce le funcionó. Es un error. Son todos falsos. No funciona ninguno.
Entre los ‘trucos’ más extendidos para engañar al alcoholímetro podemos encontrar: