El Real Decreto que muestra las medidas tras la declaración del Estado de Alarma por la pandemia del coronavirus contempla la limitación de la movilidad de los ciudadanos restringiendo así salir de casa, los viajes y los desplazamientos, según ha decidido el Consejo de Ministros hoy y que se realizó de forma telemática. Por el momento deja en el aire el cierre de carreteras, aunque está contemplado que pueda hacerlo.
Además, según avanzó la SER, las Fuerzas y Autoridades del Estado y las de las diferentes Comunidades Autónomas pasan a depender del Ministerio del Interior para que hagan cumplir las decisiones. Este Estado de Alarma, contemplado en la Constitución en el artículo 116, tendrá una vigencia de 15 días, aunque este se podría alargar siempre que sea respaldado por el Parlamento.
Las medidas tomadas entrarán en vigor esta misma tarde, aunque las relativas a la circulación se retrasarán hasta el lunes a las 8:00 horas.
Las medidas que incluye el Real Decreto que ha sido aprobado por el Consejo de Ministros solo permitirá salir de casa en los siguientes casos:
Por el momento no se van a tomar medidas de fuerza mayor como el cierre de carreteras, aunque este extremo está contemplado y se podría llevar a cabo según evolucionen los acontecimientos. Sin embargo, el cierre se hace extensible el cierre de locales y establecimientos, al tiempo que habrá restricciones a los lugares de culto para ritos religiosos, bodas y funerales.
En cuanto a los servicios de salud habrá refuerzos y todos los trabajadores de centros públicos y privados quedan a las órdenes del Ministerio de Sanidad. Y se garantiza el abastecimiento de bienes de primera necesidad en mercados y supermercados.