Te explicamos todo sobre las nuevas etiquetas de la DGT según emisiones contaminantes
Es probable que hayas recibido una carta de la Dirección General de Tráfico y te hayas asustado pensando que era una multa o algo peor. Tranquilo, son las nuevas etiquetas de la DGT que clasifican a los vehículos según las emisiones contaminantes que produzcan.
Esta medida es parte del programa “Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016”, en el que se afirma que partículas como el NOx tienen en el tráfico la principal fuente de emisiones en las grandes ciudades.
Esta clasificación se utiliza en los protocolos anticontaminación tanto de Madrid como de Barcelona
Por ello, la DGT ha decidido clasificar los vehículos para “discriminar positivamente” a los vehículos más respetuosos con el medioambiente y ser “un instrumento eficaz en políticas municipales” tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación como de promoción de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medioambiente.
Los vehículos se encuentran diferenciados en cuatro categorías distintas, aunque no se descarta que en un futuro próximo la DGT cree nuevas etiquetas para clasificar a los 32 millones de vehículos con los que cuenta el parque móvil español. Estas son las cuatro categorías de las etiquetas de la DGT según emisiones:
- CATEGORÍA 0 EMISIONES: ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas. Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con autonomía mínima de 40 km o vehículo de pila de combustible.
- CATEGORÍA ECO: Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el registro de vehículos como hibrídos enchufables con autonomía de menos de 40 km. Vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) y vehículos propulsados por gas licuado de petróleo (GLP).
- CATEGORÍA TIPO C: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto gasolina como diésel, matriculados a partir de 2014. Los vehículos de gasolina deben cumplir la norma Euro 4, Euro 5 y Euro 6 y los diésel la Euro 6.
- CATEGORÍA TIPO B: Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2000 y diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancias, tanto gasolina como diésel, matriculados a partir de 2005. Los gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y los diésel la norma Euro 4 y Euro 5.
Estas etiquetas de la DGT según emisiones parece que están pensadas para expulsar a los vehículos más antiguos de las grandes ciudades, pues a buen seguro los ayuntamientos acabarán usándolas para evitar que este tipo de vehículos puedan acceder al centro de las mismas.