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Paradas con nuestro coche: ¿las realizamos correctamente?

Parada con nuestro coche

Analizamos los lugares en los que los coches tienen permitido parar.

¿Dónde tenemos permitido parar con nuestro noche? ¿Dónde no? Aunque no nos demos cuenta, los conductores cometemos continuamente muchas infracciones a la hora de parar.

Los conductores tenemos la obligación de adoptar precauciones ante la presencia del resto de usuarios de la vía que transitan con normalidad. Todos hemos hecho alguna vez una que otra parada en lugares donde quizás obstaculizábamos al resto de conductores o donde, directamente, estaba prohibido realizarla. Pero, ¿dónde parar mi coche?

Como tal, la Dirección General de Tráfico considera una parada como la inmovilización del vehículo por un tiempo inferior a dos minutos en un lugar idóneo de la carretera que no perjudique la circulación del resto de vehículos. Según esta definición, ¿cuántos la hemos seguido al pie de la letra? En CosasdeCoches os refrescaremos la memoria con algunos de los aspectos que más hay que tener en cuenta a la hora de realizar una parada.

Sitios de extrema precaución

Línea continua

Muchos organismos velan constantemente por nuestra seguridad en la carretera, pero también debemos ser capaces de cuidar de nosotros mismos a la hora de subirnos a un coche. Tenemos claro que nunca debemos parar en lugares peligrosos que constituyan un riesgo u obstáculo pero, ¿qué está considerado como un ‘lugar peligroso’? 

  • Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada -o una marca longitudinal sobre la misma que sea inferior a tres metros- no permita el paso de otros coches.
  • Cuando impidamos incorporarse a la circulación a otro coche debidamente estacionado o parado.
  • Cuando obstaculicemos el acceso o salida a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado.
  • Cuando se efectúe en medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización de tráfico.
  • Cuando se impida la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos.
  • Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente.
  • Paradas o estacionamientos que, directamente, sea un peligro de tráfico para personas, animales y vehículos.
Incumplimientos de los hechos expuestosSanciónSanción reducida
200€100€

Lugares donde está permitido parar

Coches estacionados en una carretera de un sentido

Sabemos de sobra que nuestro comportamiento en carretera debe ser el más correcto posible. Esto conlleva facilitar la incorporación de otros conductores, circular a una velocidad moderada, adoptar precauciones al adelantar… entre otros.

En vías interurbanas:

  • Siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta y dejando libre la parte transitable del arcén.
  • Cuando, por razones de emergencia, no es posible observar lo anteriormente indicado. Aunque hay que respetarlo en su máxima medida.

En vías urbanas:

  • Cuando tiene que realizarse en la calzada o el arcén, situaremos el vehículo lo más cerca posible del borde derecho, salvo en vías de sentido único, donde podremos parar también en el lado izquierdo.
  • Cuando, por ordenanza municipal, no alteremos, desvirtuemos o induzcamos a la confusión de los preceptos básicos expuestos anteriormente.

Lugares donde está prohibido parar

Parada de taxi

Desde el punto de vista estático, hay que dejar claro que no se puede parar o estacionar en zonas donde los vehículos de servicio público dejen o tomen pasajeros. Es una norma muy común, ¿y el resto?

  • En curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal de túnel.
  • En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
  • En carriles o partes de vía reservados exclusivamente para la circulación de determinados usuarios.
  • En intersecciones y proximidades si se dificulta el giro, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
  • Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que se entorpezca su circulación.
  • En sitios donde se impida la visibilidad de la señalización a los demás usuarios.
  • En autopistas o autovías, salvo en las zonas señalizadas para ello.
  • En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público o de bicicletas.
  • En zonas destinadas para estacionamiento y uso exclusivo de transporte público urbano.
  • En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos de peatones.

Texto: Dani Baranco.

Incumplimientos de los hechos expuestosSanciónSanción reducida
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1 comentario
  • Hola, podríais ayudarme; Querría saber si en vía de doble sentido donde todas las plazas
    donde aparcar están cubiertas y solo hay un carril en cada sentido,se puede hacer una parada.