El pasado mes de agosto tuvo lugar el primer atropello mortal provocado por un patinete eléctrico en España, aunque no ha salido a la luz pública hasta ahora. La víctima fue una mujer de 90 años que paseaba por Esplugues de Llobregat (Barcelona) cuando fue atropellada por dos jóvenes que conducían un patinete eléctrico a unos 30 km/h.
Según informan en El País, el accidente se produjo en la zona peatonal de esta vía y, tras la colisión, los servicios sanitarios trasladaron a la víctima al hospital Moisès Borggi, donde pocos días después fallecía a causa de las heridas provocadas por el accidente.
Ahora, de los dos jóvenes que circulaban en el patinete, el conductor se enfrenta a un delito por imprudencia con resultado de muerte, para el que se contemplan de uno a cuatro años de cárcel. No obstante, todavía se desconoce cuál será la pena definitiva. Algo que, en este caso, resulta más difícil debido a la ambigüedad de normas que regulan el uso de estos aparatos.
Homicidio imprudente
Es importante señalar que este incidente no había trascendido a los medios, a causa de que el proceso judicial todavía sigue abierto. En este caso, la complejidad de la sentencia se basa en que no puede registrarse como un delito contra la seguridad vial, ya que esta norma solo contempla los “vehículos de motor”. Es por esto que se entiende como un homicidio imprudente.
Además, según los últimos datos a los que ha podido acceder este medio, la juez del caso investiga que el accidente se haya producido por una distracción del conductor. Al parecer, se baraja la hipótesis de que el acusado estaba utilizando su teléfono móvil mientras circulaba. Concretamente, manipulando la aplicación de Google Maps, para determinar su ruta. No obstante, es una posibilidad que aún no se ha confirmado. Por ello, llamarán a declarar como testigo a la persona que viajaba con él.
Problemas legislativos
El uso de los patinetes eléctricos se ha ha extendido como una alternativa de movilidad más sostenible mientras que los diferentes gobiernos trabajan en una nueva legislación que los regule. A día de hoy, en ciudades como Madrid ya han determinado algunas normas que deben seguir todos los usuarios de patinetes eléctricos. Por ejemplo, que la edad mínima para circular con estos aparatos es de 15 años o que no es necesario utilizar el casco en los desplazamientos.
Sin embargo, todavía existe cierto debate a la hora de determinar por dónde deben circular. Si se les considera similares a las bicicletas, si pueden compartir las aceras con los peatones o, si por el contrario, deben transitar por la calzada. Ante esto, la DGT ha asegurado que establecerán algunas “normas básicas” a nivel nacional para que exista “cierta personalidad jurídica”.