Hoy es el día en el que Madrid Centro comienza de nuevo a multar. Aquí te explicamos todo lo que debes saber para evitar que te multen.
El periodo de prueba ha terminado. El anteriormente conocido como Madrid Central ha pasado a denominarse Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección de Madrid Distrito Centro. Un área que estará compuesta por los barrios del Distrito Centro: Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol. Pues bien, desde hoy 11 de diciembre si vuelves a entrar con un coche de categoría A, es decir, sin etiqueta medioambiental, te llegará a casa una multa de 90 euros, coste que podrás reducir a 45 euros si realizas un pronto pago en los 20 días naturales.
Novedades
Como ocurría hasta ahora con Madrid Central, Madrid Centro, cambio que por cierto le ha supuesto al Ayuntamiento nada menos que 185.000 euros en señalización, aquellos vehículos que tengan las etiquetas ECO y CERO podrán circular con total libertad. Del mismo modo, los que luzcan los sellos B y C podrán hacerlo siempre y cuando se dirijan a un parking público, garaje privado o reserva de estacionamiento no dotacional, a excepción de vehículos de invitados autorizados por residentes. Igual que con las motocicletas, pero estas sí pueden aparcar en reservas de estacionamiento no dotacional. Lógicamente, si eres residente empadronado, vehículos pesados, servicios esenciales o trasladen a PMR y perteneces a la categoría A, podrás pasar sin problema.
Las diferencias respecto al Madrid Central de Manuela Carmona residen en que desde este 11 de diciembre los comerciantes con vehículos A podrán acceder a la zona de Distrito Centro, con hasta tres vehículos por local. Se retrasa hasta el 1 de enero de 2023 la limitación para los vehículos de mercancías con distintivo ambiental B y de más de 3,5 toneladas. Asimismo, les amplían el tiempo de carga y descarga de 30 a 45 minutos.
¿Y las motos?
Las motos siguen las mismas reglas que los coches y los otros vehículos. Las que pertenecen a la categoría A no pueden acceder a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Madrid Distrito Centro, salvo que sus propietarios estén empadronados en él. Con respecto a las motocicletas que tengan las etiquetas B y C se mantiene la restricción horaria: a partir de las 10:00 horas será necesario tener algún tipo de permiso para acceder a la misma.
Sí se han aprobado nuevas normativas en lo referente a su estacionamiento. Deberán aparcar siempre que puedan en el espacio reservado para motos y, en su defecto, en el espacio reservado para los coches, dejando la moto en diagonal a la línea de la acera y ocupando un máximo de dos metros. De esta manera, queda prohibido aparcar las motos en las aceras, pudiendo ser multadas con hasta 200 euros.