En la semana del 16 al 22 de abril, la Dirección General de Tráfico llevó a cabo una campaña especial de vigilancia y control de la velocidad en las carreteras españolas. En solo siete días, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controlaron a unos 456.327 vehículos, de los cuáles más de 20.800 excedían el límite de velocidad establecido.
Hay que destacar que 72 % de los infractores detectados circulaban por carreteras secundarias, precisamente el tipo de vías en el que se aumentó la presencia de controles. Para este dispositivo especial se instalaron más radares y se incrementó la presencia de patrullas policiales.
Según los datos que ha hecho pública la DGT, en las autovías y autopistas, donde el límite se establece en 120 km/h, se controlaron a 127.644 vehículos en total y se sancionaron a unos 5.757 coches (un 5,8% de los coches detectados) por exceso de velocidad. En cambio, en las carreteras convencionales, cuyos límites se sitúan entre 90 y 100 kilómetros por hora, se vigilaron a 328.683 vehículos de los que 15.066 (4,6%) resultaron ser infractores.
A esto habría que sumar, también, los datos obtenidos en los controles que han efectuado las fuerzas del orden locales, pues también han trabajado para unificar el mensaje de respeto hacia los límites de velocidad establecidos.
Estos son todos los tipos de radar que te encontrarás en las carreteras españolas
18 conductores pasan a disposición judicial
Pero no solo se han impuesto multas económicas. El Código Penal establece que superar el límite de velocidad en más de 80 km/h acarrea una sanción mayor. Así, hasta 18 conductores han pasado a disposición judicial.
Según se expone en el artículo 379 del Código Penal, “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad, de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
Se considera un delito grave y por ello, las multas pueden llegar a suponer hasta 600 euros y, en todos los casos, el sistema de Permiso por Puntos regula la pérdida de 2 a 6 puntos por este tipo de infracción, dependiendo de la velocidad a la que circulase por la vía.